En el primero de los casos, el decreto señala que la ejecutoria es por causa de utilidad pública a favor de Fonatur Tren Maya, S.A. de C.V., para destinarla a la construcción de obras de infraestructura ferroviaria, operación del Proyecto Tren Maya y sus obras complementarias; la empresa debe “pagar por concepto de indemnización por la superficie que se expropia la cantidad de $112,500.03 (ciento doce mil quinientos pesos 03/100 M.N.)