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Tu último testamento es la única certeza legal

Firma de testamento legal.

Por Agenda QR

Cancún, Q.Roo.- En una entrevista exclusiva de Agenda QR con el periodista Javier Vite, la Maestra Angélica Amaro Hernández, Presidente del Colegio de Abogados Crescencio Rejón en Quintana Roo, ofreció información crucial. La abogada destacó una verdad fundamental sobre el testamento: el documento más reciente es el único que posee certeza legal. Su análisis profundizó en los diversos tipos de testamentos, dando continuidad a la conversación de la semana pasada sobre herencias.

Características esenciales del testamento

El testamento es un acto personalísimo, una decisión individual e intransferible. Una característica fundamental es su naturaleza revocable; es decir, puede modificarse en cualquier momento. Si una persona cambia de opinión sobre a quién heredar bienes u obligaciones, puede hacer un nuevo testamento. Siempre será el último documento válido el que prevalezca. Además, el testador tiene la libertad de designar herederos que no sean familiares, permitiendo dejar bienes a quienes lo acompañaron durante su vida.

Testamento público y las exigencias del privado

La forma más común de formalizar un testamento es el público abierto. Este se realiza ante un notario público, donde la voluntad del testador queda plasmada en un instrumento notarial. Sin embargo, en Quintana Roo también existe el testamento privado, aunque es menos común. Para su validez, se requieren condiciones estrictas: la persona debe estar gravemente enferma y fallecer de esa enfermedad; la dolencia debe ser repentina, impidiendo acudir a un notario. Este documento debe redactarse de puño y letra, indicando día, hora, lugar y motivo. Es imprescindible que se realice ante testigos, quienes validarán su autenticidad para brindar certeza legal.

Detalle de la herencia y el proceso sucesorio

El contenido de un testamento puede ser muy detallado. Es posible designar un heredero universal para todos los bienes. Asimismo, se pueden estipular porcentajes específicos de propiedades o diferentes bienes para distintas personas. Tras el fallecimiento del testador, el último testamento cobra vida. La sucesión testamentaria se lleva a cabo ante un notario público o un juzgado familiar. En ausencia de un testamento, se procede mediante un juicio sucesorio intestamentario ante un juez. La resolución final ordena la ejecución y el registro de la repartición de bienes.

Edad mínima, otros bienes y asesoría legal

En Quintana Roo, la ley estipula que solo las personas mayores de edad pueden otorgar un testamento. Sin embargo, los menores pueden recibir bienes a través de sus tutores. La abogada destacó la importancia de especificar beneficiarios en otros activos, como cuentas bancarias o seguros. El Colegio de Abogados Crescencio Rejón ofrece asesoría. Se invita a aprovechar el “Mes del Testamento” (septiembre y octubre). Esta planificación anticipada garantiza certeza legal y evita futuros conflictos familiares. La abogada reiteró que solo tu último testamento asegura la voluntad deseada. La discusión sobre el tema continuará la próxima semana.

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