La defensa legal de los hermanos Farías Laguna cuestiona la validez de las pruebas presentadas por la FGR
Ciudad de México. El equipo legal integrado por el despacho Epigmenio Mendieta y Abogados, encargado de la defensa de Manuel Roberto y Fernando Farías Laguna, emitió un pronunciamiento para precisar que la reciente información dada a conocer por la Fiscalía General de la República ofrece una perspectiva incompleta de las indagatorias. Los representantes jurídicos señalaron públicamente que la orden judicial para inspeccionar el inmueble arrendado data formalmente del primero de febrero de 2026, desmintiendo además el supuesto hallazgo de armamento o material clasificado de seguridad nacional en dicho espacio, mientras puntualizaron que los documentos presentados no cuentan con la rúbrica de sus representados sino del exsecretario de Marina.
Exigencia procesal
Ante estos acontecimientos, los abogados defensores exigieron el acceso irrestricto a la carpeta de investigación íntegra y a los registros oficiales resguardados por la Secretaría de Marina, solicitando revisar los criterios aplicados para clasificar información reservada que resulte indispensable para el esclarecimiento de las imputaciones. Como parte de las diligencias requeridas, el exalmirante Rafael Ojeda Durán deberá comparecer formalmente en calidad de testigo ante una autoridad judicial para detallar el conocimiento que poseía sobre las presuntas irregularidades, las acciones emprendidas y la veracidad de los encuentros sostenidos con el contralmirante Rubén Guerrero.
Líneas de investigación
Asimismo, los litigantes argumentaron que una operación vinculada al contrabando de combustibles necesariamente debió superar los controles y revisiones de hasta siete dependencias gubernamentales distintas, por lo que insistieron en la necesidad de indagar todas las líneas posibles bajo estrictos principios de debido proceso y sin sesgos que pudieran encubrir a los verdaderos responsables. La estrategia jurídica busca demostrar mediante documentos oficiales la no participación de los hermanos en los delitos señalados, garantizando que las autoridades determinen las responsabilidades individuales de cada actor institucional involucrado en el caso.








