Skip to content

Aprueban Diputados Reforma a la Ley de Amparo

Con 258 votos a favor, 205 en contra y una abstención, la Cámara de Diputados aprobó, el dictamen a la minuta que adiciona un artículo 9 a la Ley de Amnistía, en materia de otorgamiento de amnistía de manera directa.

Con el contenido de la adición al artículo 9 de la Ley de Amnistía, se crea otro tipo de amnistía diversa a la ya regulada en la propia ley, siendo su motivación por razones de transición política y reconciliación nacional, para el esclarecimiento de los hechos y reparaciones proporcionales a las víctimas, a efecto de que se conozca la verdad sobre las violaciones de los derechos humanos y se logre una reparación integral y efectiva del daño.

En la fundamentación del dictamen de la Comisión de Justicia, el diputado Antonio de Jesús Madriz Estrada (Morena) expresó que el objetivo es garantizar el derecho a la verdad y que las víctimas directas e indirectas puedan conocer los hechos por los que fueron afectadas.
Se pretende, relató, que sea el titular del Ejecutivo Federal quien pueda otorgar el beneficio de amnistía a quienes proporcionen elementos comprobables que resulten útiles para conocer la verdad de los hechos relevantes para el Estado mexicano.

La amnistía solo podrá ejercerse en casos específicos
El diputado Manuel Vázquez Arellano (Morena) señaló que la reforma establece de manera clara y contundente que la amnistía solo podrá ejercerse en los casos específicos en que la persona beneficiaria aporte información útil y comprobable.

Las y los diputados aprobaron reformas directas para los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de suspensión del acto reclamado e inconstitucionalidad de normas generales).

En el artículo 129 se elimina el último párrafo:

“El órgano jurisdiccional de amparo excepcionalmente podrá conceder la suspensión, aún cuando se trate de los casos previstos en este artículo, si a su juicio con la negativa de la medida suspensional pueda causarse mayor afectación al interés social”.

Mientras que al artículo 148 se agrega lo siguiente:

“Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso la suspensiones que dicten fijarán efectos generales”.

Por su parte el diputado Enrique Gerardo Sosa Gutiérrez (PAN) afirmó que la reforma es inadmisible porque se rompe la división de poderes, al dar facultad al Presidente de pasar por encima de las decisiones del Poder Judicial y del Poder Legislativo. “Este es un ingrediente más de la receta con la que quieren destruir la República”.

Aunado a esto, la diputada María del Refugio Camarena Jáuregui ( PRI) resaltó que esta es una “reforma indignante” porque se pretende otorgar al presidente de la República la facultad para liberar a las personas que se encuentran sujetas a un proceso penal o que, incluso, ya están en la cárcel. “Se dice que se trata de liberar a inocentes y garantizar los derechos humanos, pero lo que se quiere hacer es facultar al Presidente para generar impunidad”

Más Noticias