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SEP prohíbe celulares en planteles educativos

La Secretaría de Educación Pública regula el uso de teléfonos celulares en escuelas públicas y privadas del país.

Por Agenda QR

A partir de este martes 3 de noviembre de 2026, la Secretaría de Educación Pública (SEP) implementó en todo el país las nuevas disposiciones oficiales para regular el uso de teléfonos celulares y dispositivos electrónicos en planteles escolares públicos y privados. El titular de la dependencia, Mario Delgado, destacó que la medida, impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum, busca proteger a más de 34.1 millones de estudiantes y 2.2 millones de docentes frente al uso excesivo de pantallas, mejorando la convivencia escolar y el rendimiento académico. Las restricciones aplican de manera diferenciada según el nivel educativo en más de 263 mil centros escolares.

Restricciones por nivel educativo

Para los niveles de educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, el reglamento establece la prohibición del uso de celulares durante toda la jornada escolar, permitiéndolos exclusivamente cuando el docente los requiera para actividades pedagógicas planeadas, emergencias, o por razones de salud, discapacidad e inclusión. En el nivel medio superior, cada escuela definirá sus propias normativas en conjunto con la comunidad escolar. Por su parte, las instituciones de educación superior promoverán la ciudadanía digital crítica y el uso responsable de herramientas como la inteligencia artificial,respetando plenamente su autonomía universitaria.

Justificación y consulta docente

La normativa responde a los problemas de distracción, ciberacoso y exposición a contenidos inapropiados detectados en las aulas. Al respecto, una consulta nacional de la SEP reveló que el ochenta por ciento de los profesores identificó dificultades de atención en sus alumnos, el setenta y nueve por ciento reportó problemas de retención de información y el setenta y tres por ciento notó complicaciones en la regulación emocional de los menores. El acuerdo gubernamental fue publicado previamente en el Diario Oficial de la Federación el pasado 22 de septiembre, otorgando un plazo de 180 días naturales para la adecuación de las normas estatales correspondientes.

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