La SCJN valida bloqueo de cuentas bancarias como una herramienta administrativa para combatir eficazmente el lavado de dinero en la nación
Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó la constitucionalidad del congelamiento de activos financieros en el ámbito nacional sin requerir una orden judicial previa. El pleno del máximo tribunal de México estableció que esta medida es procedente siempre que las autoridades identifiquen indicios suficientes relacionados con operaciones de lavado de dinero o posibles redes de financiamiento al terrorismo. Con una votación de seis ministros a favor y tres en contra, se respaldó el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, el cual otorga validez jurídica a las facultades administrativas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para restringir el acceso a recursos en la nación.
🚨#ÚltimaHora I La #SCJN fortaleció el combate al lavado de dinero al confirmar, en dos casos, que el bloqueo de cuentas bancarias ordenado por la Unidad de Inteligencia Financiera es válido cuando se basa en indicios de operaciones ilícitas y respeta el derecho de audiencia y… pic.twitter.com/xrTK0w6XmO
— Suprema Corte (@SCJN) April 6, 2026
Facultades de inteligencia
La resolución judicial permite que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) proceda a la inclusión de individuos en la Lista de Personas Bloqueadas de manera autónoma. A diferencia de los criterios que prevalecían anteriormente, ya no será indispensable la intervención directa del Ministerio Público ni la petición formal de organismos internacionales para ejecutar el aseguramiento de los fondos. La mayoría de los integrantes de la SCJN argumentó que esta acción administrativa no vulnera la legalidad, pues los afectados conservan su derecho de audiencia para impugnar la decisión; de esta forma, se busca agilizar el combate a la delincuencia organizada dentro de la nación mediante mecanismos de control financiero más robustos.
Debate en el pleno
Durante la sesión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa encabezó la postura minoritaria al votar en contra de la propuesta, sugiriendo que se mantuviera la jurisprudencia establecida por la extinta Segunda Sala de la Corte. Dicho criterio, que rigió durante los últimos siete años, dictaba que el bloqueo de cuentas en casos locales debía estar estrictamente vinculado a una solicitud de cooperación internacional. No obstante, el fallo actual redefine las competencias de las instituciones financieras en México, eliminando las barreras que impedían actuar con celeridad ante sospechas de ilícitos financieros. Por consiguiente, la SCJN priorizó la seguridad del sistema económico nacional sobre las restricciones procesales que limitaban el alcance de la nación en esta materia.
Alcance de la resolución
Esta determinación judicial representa un cambio significativo en la estrategia de fiscalización y persecución de delitos financieros en todo el territorio mexicano. Al validar que la autoridad puede actuar preventivamente, se pretende cerrar el paso al flujo de capitales de procedencia ilícita que alimenta a las estructuras criminales. Sin embargo, el tribunal enfatizó que los usuarios mantienen abierta la vía legal para controvertir estas determinaciones administrativas ante las instancias correspondientes. De esta manera, el veredicto de la SCJN equilibra la necesidad de vigilancia financiera con las garantías individuales, marcando un precedente histórico para la autonomía de la inteligencia financiera en la nación durante los próximos años.









