Las autoridades tienen 48 horas para informar sobre las tareas de limpieza de hidrocarburos en la región costera afectada
Ciudad de México. Un juez de distrito otorgó una suspensión provisional a la organización civil “En el Corazón está el Cambio” para obligar a las autoridades federales a intervenir de forma inmediata ante el derrame de hidrocarburos en las costas de Veracruz y Tabasco. El titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa, Ulises Rivera González, dictaminó que las dependencias responsables deben desplegar la totalidad de sus facultades para contener, prevenir y remediar los daños ambientales ocasionados por el vertido de combustible en la región. Esta medida cautelar responde a la omisión señalada por activistas, quienes exigen acciones contundentes para proteger el ecosistema marino de la entidad.
Un juez de distrito concedió una suspensión provisional a la Asociación Civil “En el Corazón está el Cambio”, que ordena a las autoridades responsables, sino lo han hecho, llevar a cabo las acciones legales y materiales para atender, contener, prevenir y remediar los “daños…
— La Jornada (@lajornadaonline) April 6, 2026
Remediación y limpieza
En su resolución jurídica, el juzgador demandó que las autoridades garanticen la adecuada disposición final de los residuos contaminantes, sugiriendo incluso la contratación de empresas particulares especializadas que cuenten con las certificaciones necesarias para tales tareas en la costa. Asimismo, el magistrado requirió que la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) inicie de oficio el procedimiento judicial establecido en la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental debido al impacto del derrame. Por consiguiente, el fallo busca asegurar que la salud de los habitantes de Veracruz no se vea comprometida por la presencia prolongada de químicos tóxicos en las playas y zonas pesqueras de la entidad.
Plazos y cumplimiento
El órgano judicial fijó un periodo perentorio de 48 horas para que las instituciones involucradas rindan un informe previo sobre las acciones ejecutadas para dar cumplimiento a la suspensión en la región. Rivera González enfatizó que existe un interés legítimo por parte de la asociación quejosa, encabezada por Juan Carlos Atzin Calderón, al tratarse de una problemática que repercute directamente en el bienestar colectivo de los residentes de la costa. De esta forma, el tribunal determinó que la protección del medio ambiente en Veracruz es una prioridad que no admite dilaciones administrativas, estableciendo que cualquier persona tiene el derecho de exigir la contención de desastres ecológicos en la entidad.
Definición de suspensión
Será el próximo viernes 10 de abril cuando el juzgado defina si concede la suspensión definitiva a la asociación civil, tras analizar las pruebas de afectación presentadas sobre el derrame de crudo. El impartidor de justicia sostuvo que esta medida no afecta el interés social, sino que, por el contrario, busca evitar daños significativos e inmediatos a la sociedad derivados de la contaminación en la costa. Mientras tanto, las autoridades de la región deberán transparentar los recursos destinados a la limpieza de las playas y los planes de mitigación a largo plazo. La vigilancia judicial sobre este desastre en Veracruz marca un precedente relevante en la defensa de los derechos ambientales dentro de la entidad.









