La Audiencia Nacional determinó que no hay facultades legales para investigar, por lo que la Justicia española archiva la denuncia contra el cantante
Madrid, España. La Fiscalía de la Audiencia Nacional en España ha determinado el cierre de las diligencias de investigación abiertas contra el cantante Julio Iglesias, tras una denuncia presentada por dos ex empleadas que alegaban presunto acoso y agresión sexual. El ministerio público dictó un decreto este viernes en el que se establece la falta de competencia de los tribunales españoles para dar curso a este proceso legal. Los hechos denunciados, que presuntamente ocurrieron en 2021 tanto en la República Dominicana como en las Bahamas, no cumplen con los requisitos de territorialidad exigidos por la legislación ibérica; por lo tanto, la Justicia española archiva la denuncia al carecer de jurisdicción sobre sucesos acontecidos fuera de sus fronteras.
Sin requisitos para la jurisdicción española
El decreto fiscal concluye que no se reúnen los supuestos necesarios que marca la Ley Orgánica del Poder Judicial para que una denuncia por delitos cometidos en el extranjero sea perseguida en España. Para que el proceso hubiera avanzado, se requería que el denunciado fuera ciudadano español (Iglesias posee diversas nacionalidades y residencias fiscales), que no existiera un proceso abierto en los países donde ocurrieron los hechos y, fundamentalmente, que existiera una “conexión material” con el país. Al no ser las víctimas de nacionalidad española ni residentes legales en la península, la Justicia española archiva la denuncia basándose estrictamente en el marco normativo de competencias internacionales.
Delitos imputados por las ex empleadas
La denuncia original presentada por las dos ex trabajadoras del artista era de una gravedad considerable, incluyendo señalamientos por trata de seres humanos con fines de imposición de trabajo forzado y servidumbre, agresión sexual, lesiones y delitos contra los derechos de los trabajadores. A pesar del impacto mediático de estas acusaciones, la Fiscalía subrayó que el criterio decisivo para cualquier actuación penal es la existencia de un vínculo relevante con el territorio nacional, el cual es inexistente en este expediente. Debido a que ni las denunciantes ni los presuntos hechos se sitúan bajo la tutela judicial española, la Justicia española archiva la denuncia sin entrar a valorar el fondo de las acusaciones o la veracidad de los testimonios.
Un cierre por falta de conexión material
La resolución del ministerio público deja claro que España no puede fungir como un tribunal global para casos donde no se afecte directamente a sus ciudadanos o intereses nacionales en el extranjero. El documento fiscal enfatiza que los hechos discurrieron íntegramente en el Caribe y que, por ende, corresponden a las autoridades de la República Dominicana o Bahamas tomar cartas en el asunto si las denunciantes así lo requieren. Con esta resolución técnica, la Justicia española archiva la denuncia y cierra el capítulo legal del intérprete en su país de origen por este caso, dejando la puerta abierta únicamente para que el proceso se retome en las jurisdicciones donde presuntamente se cometieron los delitos.









